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delphiMember
Para Garba. No Garba, sigue sin ser obligatorio el pasar por Propiedad Intelectual antes de la SGAE para registrar las canciones pero si es recomendable.
Lo que si te obligan la SGAE es que el primer registro que hagas con ellos lo tengas a la vez registrado en Propiedad Intelectual.
Para Superpollo. El registro está en la Consejeria de Cultura Edif. de la Bene 2º piso. En el mismo edificio del conservatorio pero en otras dependencias.
delphiMemberTampoco es necesario o mejor dicho “obligatorio” tenerlas registradas en SGAE, son dos registros distintos. En el Registro de Propiedad Intelectual, queda plasmado que con fecha tal el fulano cual ha registrado esa obra y ante cualquier reclamación que pudiera existir por plagio o uso indebido y ante los tribunales de justicia es una de las pruebas mas fehacientes que esa obra es tuya.
El registro en SGAE es para que estos, cobren los derechos que te corresponden a ti como autor de la obra. Mientras que si solo tienes las canciones o lo que sea, registrado en el RPI, no cobras esos derechos.
delphiMember@sunami wrote:
creo que el garba tiene razon, o sea, coger las partituras y las letras y a la P.I.
Lo que si que pediria que me confirmarais, es lo siguiente:
Tengo entendido que no hace falta registrar todas las canciones por separado. Es algo asi como que si tienes 12 canciones para registrar, pues en vez de hacerlo una por una, registrarlo como obra completa con 12 partes, asi pagas solo una vez y no 12. De todas formas no estoy seguro de ello, asi que…..
saludos nenes
Si, así es. Lo mejor es para ahorrarte un dinerillo cuando se tiene ya preparado o bien lo que va ha ir en un disco o maqueta registrarlo todo con el nombre del disco, asi se incluyen todos los temas.
Pero en mi opinion es mucho más seguro registrar cada tema con su registro correspondiente.
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