Home Forums Off Topic Lo de esta gente es un NO parar ($GA€)

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  • #30417

    @Javi (Moondomain) wrote:

    @davidurodeoido wrote:

    joder, creo que sois muy profesionales vosotros. Eso sí,como pille al bumbury o algún pelagatos de esos cantando el Para bien o para mal, lo inflo a hostias 😀 😀

    Sabes a quién le oí cantarlo el otro día??? 😯

    sobrepasas los límites del “hijoputísmo” sabes????

    #30418
    metal_king
    Member

    @Dagaru wrote:

    Art.23. Causa de la pérdida de la condición de socio. […]

    2. La pérdida de la condición de socio llevará aparejada la obligación de devolver de inmediato a la Sociedad todo lo que aquél hubiere recibido de ésta a cuenta de sus derechos, así como el vencimiento de las deudas que tuviere pendientes con la misma por cualquier concepto”

    Osea, que además del porcentaje que te descuentan de tus derechos cuando los recaudan “en concepto de gestión” (es decir, SU beneficio), si te vas… devuelves TU remuneración por TUS derechos.

    Después de esto, ¿qué mas se puede esperar?

    Pues, suponiendo que una causa de la pérdida de condición de socio sea que, simplemente, te des de baja, el artículo es exáctamente lo contrario al que suele estar redactado en las Leyes de Cooperativas.
    Es decir, se te devuelven tus aportaciones (aunque no necesariamente actualizando el IPC)

    Saludos

    #30419
    Dagaru
    Member

    Sacado de los estatutos que hay en la web….

    “Capítulo IV:
    Sección 1ª
    Causas de la pérdida de la cualidad de socio

    Artículo 24º.- Pérdida de la cualidad de socio

    1.- La condición de socio se pierde:

    * a) Por muerte o declaración de fallecimiento del socio persona natural.
    * b) Por disolución, en el caso de socio persona jurídica.
    * c) Por baja voluntaria.
    * d) Por pérdida o extinción de todos los derechos que el socio tuviere confiados a la administración de la Sociedad.
    * e) Por denuncia total del contrato de gestión.
    * f) Por exclusión.

    2.- La pérdida de la condición de socio llevará aparejada la obligación de devolver de inmediato a la Sociedad todo lo que aquél hubiere recibido de ésta a cuenta de sus derechos, así como el vencimiento de las deudas que tuviere pendientes con la misma por cualquier concepto.

    3.- La pérdida de la condición de socio a instancias del mismo no exime al que lo solicite del cumplimiento del contrato de gestión suscrito con la Sociedad.”

    Incluso en los anteriosores, podías ser dado de “baja” si durante un período no recibias ningún tipo de beneficio por parte de la sgae…

    #30420
    azido
    Member

    Aiva la virgen!!! (o como coño se escriba)
    Esto de la SGAE es la puta panacea (para ellos).
    No me extraña que se caguen en el emule y en los negros del top manta…

    Ahora bien, lo que me llega al alma es esto:
    2.- La pérdida de la condición de socio llevará aparejada la obligación de devolver de inmediato a la Sociedad todo lo que aquél hubiere recibido de ésta a cuenta de sus derechos, así como el vencimiento de las deudas que tuviere pendientes con la misma por cualquier concepto.

    JAJAJAJAJA… si te piras, me devuelves la pasta y si te debo algo te jodes y lo pierdes… SON UNOS GENIOS

    #30421
    alaska
    Member

    @azido wrote:

    Aiva la virgen!!! (o como coño se escriba)
    Esto de la SGAE es la puta panacea (para ellos).
    No me extraña que se caguen en el emule y en los negros del top manta…

    Ahora bien, lo que me llega al alma es esto:
    2.- La pérdida de la condición de socio llevará aparejada la obligación de devolver de inmediato a la Sociedad todo lo que aquél hubiere recibido de ésta a cuenta de sus derechos, así como el vencimiento de las deudas que tuviere pendientes con la misma por cualquier concepto.

    JAJAJAJAJA… si te piras, me devuelves la pasta y si te debo algo te jodes y lo pierdes… SON UNOS GENIOS

    yo mientras lo leia, flipaba igual que tu …. 😀 😀 Que craks yo kiero ser como la SAGE….

    #30422
    Piny
    Member

    Pero kien con 2 dedos de frente se querría salir de esta maravillosa asociación?

    #30423
    Dagaru
    Member

    Yo conforme me voy enterando de cómo funciona y las historias que montan…alucino más y más…
    Si realmente es tod tan injusto, por qué se tiende a ir allí.
    Yo creo que como tienen este pedazo de monopolio montado, da por pensar… “¿Y si no estoy en ellos?, igual pierdo unos ingresos por….”

    #30424
    Apoderao
    Member

    Esta peña nos va a cobrar asta por cantar el cumpleaños feliz,Cabrones….. :smt013

    #30425
    metal_king
    Member

    Aunque yo soy favorable a la defensas de los derechos de autor (no a los atropellos SGAEanos), me gustaría apuntar que, para una “canción” al uso, 80 años (creo que ésta es la duración) de duración de los derechos, me resulta muy excesiva.

    Salud! 🙂

    #30426
    Dagaru
    Member

    En España, los derechos de autor duran toda la vida del autor y 70 años desde su muerte. (excepto el moral)

    #30427
    Piny
    Member
    #30428

    Inocente!!!

    #30429
    Piny
    Member

    PRINGAO!

    #30430
    Miguel_
    Participant

    Sacada del 20″
    Jammie Thomas, una usuaria del programa P2P KaZaA que había sido denunciada por la discográfica norteamericana RIAA por descargarse contenidos protegidos con copyright ha ganado definitivamente el juicio, y recibirá 222.000 dólares como indemnización.

    En los últimos cinco años, RIAA ha llevado a cabo 30.000 denuncias contra personas que se descargaban música de Internet. La mayoría prefirió pagar antes de embarcarse en un costoso juicio, pero Jammie Thomas decidió no conformarse.

    Al recibir la denuncia, apeló la sanción. Un juez desestimó la misma, alegando que la descarga de contenidos con copyright no constituye una infracción de los derechos de autor. Los tribunales consideraron a la RIAA culpable.

    La industria discográfica apeló a su vez esta resolución, petición que ahora ha sido definitivamente desestimada, con lo que la RIAA pierde el juicio y se ve condenada a pagar 222.000 dólares a Jammie Thomas por una “petición abusiva de daños”.

    Tras este estrepitoso fracaso, la discográfica ha anunciado que posiblemente dejará de denunciar a usuarios individuales de programas P2P.

    #30431
    ul
    Member

    inocentada???? a ver lo que tardan en plantearse el tema.

    Por cierto, se pierde la condicion de socio por morirte, asi que si he ententendido bien, una vez que te mueres debes devolver las aportaciones recibidas. Vamos que deberan incluir a la sgae en el testamento…… o ser inmortal.

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